SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de «Ampliación de Plazo», por el periodo de 03 días calendario, con relación a la Adjudicación Simplificada N° 104-2019-GRAP/CS-1, presentado por Heli Mendieta Rojas – Gerente General de RINAIT SRL, por carecer de sustento legal; más aún que, el Contrato Directoral Regional N° 083-2019-GR-APURIMAC/DRA de fecha 11/12/2019, se rige bajo el sistema de contratación a suma alzada y las contrataciones que se llevan a cabo bajo este sistema de contratación, tienen como regla general la invariabilidad tanto del precio como del plazo. De acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: SE EXHORTA, al Contratista Empresa RINAIT SRL, el cumplimiento del Contrato Directoral Regional N° 083-2019-GR-APURIMAC/DRA de fecha 11/12/2019, bajo apercibimiento de ley.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, en el día, mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución al Contratista Empresa RINAIT SRL, tanto a su correo electrónico: gerencia@rinait.com.pe y a su domicilio contractual: Avenida Aviación N° 2052 del Distrito de la Victoria, Provincia y Departamento de Lima, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO CUARTO: SE EXHORTA, bajo responsabilidad, a la Sub Gerencia de MYPES y Competitividad, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y a los Profesionales asignados a los Planes de Negocio: «Mejoramiento de la Producción y Comercialización de Papa Nativa de la Asociación los Apus de Taccacca, Distrito de Circa, Provincia Abancay, Región Apurímac» y «Mejoramiento de la Producción y Comercialización de Papa Nativa de la Asociación de Productores Agropecuarios Granja Ecológica Pablito, Distrito de Pacucha, Provincia de Andahuaylas, Región Apurímac», verificar el cumplimiento de la prestación del Contrato Directoral Regional N° 083-2019-GR-APURIMAC/DRA de fecha 11/12/2019, la oferta ganadora, las especificaciones técnicas y requerimientos establecidos en el Capítulo III – REQUERIMIENTO de la sección específica -condiciones especiales del proceso de selección de las bases integradas del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 104-2019-GRAP/CS-1, debiendo dar cuenta a esta Gerencia General sobre el particular.
ARTÍCULO QUINTO: SE EXHORTA, bajo responsabilidad, al Director de la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y al Personal a su cargo, mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones.
ARTÍCULO SEXTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTÍCULO SEPTIMO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico; Sub Gerencia de MYPES y Competitividad; Dirección Regional de Administración; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley que amerite por corresponder.