SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECTIFICAR, el error material incurrido en el artículo 1° de la Resolución Ejecutiva Regional N° 687-2019-GR.APURIMAC/GR, en los términos siguientes:
DICE:
«DELEGAR facultades al Director de la Dirección Sub Regional de Salud Chanka – Andahuaylas, para que en representación del Gobierno Regional de Apurimac, acepte la donación celebrada por el Directorio de la Dirección Sub Regional de Salud Chanka (Apurimac), del terreno para la construcción de la sede administrativa de la Dirección Regional de Salud Apurimac II – Andahuaylas, así como los demás actos que resulten necesarios para la formalización de dicho acto de donación».
DEBE DECIR:
«DELEGAR al Director de la Dirección de Salud Apurimac II – Andahuaylas, para que en representación del Gobierno Regional de Apurimac, acepte la donación celebrada por la Asociación del Centro Obrero Deportivo y Auxilios Mutuos; del terreno para la construcción de la Sede Administrativa de la Dirección de Salud Apurimac II -Andahuaylas, así como los demás actos que resulten necesarios para la formalización de dicho acto de donación».
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR, subsistentes e inalterables, los demás considerandos, y los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la Resolución Ejecutiva Regional N° 687-2019-GR.APURIMAC/GR.
ARTÍCULO TERCERO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno regional de Apurimac, www.regionapurimac.qob.pe de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia General, Dirección Regional de Salud Apurimac II, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac para su conocimiento cumplimiento y fines de Ley.