RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 737-2019-GR.APURIMAC.GR

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diciembre 13th, 2019
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 737-2019-GR.APURIMAC.GR
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, la nulidad parcial de la Resolución Ejecutiva Regional N° 504-2017-GR.APURIMC/GR, de fecha 28 de Diciembre del 2017, quedando inalterable en relación a los demás administrados comprendidos en el acto administrativo.

ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR FUNDADO, el recurso administrativo de apelación interpuesto por el administrado DAVID CAMACHO REINOSO, contra la Resolución Directoral Regional N° 01262-2017-DREA de fecha 12 de Octubre del 2017, en el extremo que se pronuncia sobre los derechos laborales que le corresponde al administrado vinculado a la bonificación especial por preparación de clases y evaluación en base al 30% de sus remuneración total, en base a la remuneración total o integra, debiendo efectuarse con descuento del monto económico percibido por la citada bonificación desde la fecha que le asiste el derecho hasta la fecha de la derogación de la Ley (25 de noviembre del 2012), con la sola deducción de lo que se ha venido pagando por este concepto previa liquidación administrativa; así mismo se ordena el pago de los intereses legales derivados de la referida bonificación a favor de la actora, recaída en el Expediente Judicial N° 0108-2018-0-0301-JR-CI-02, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Abancay.

ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.

ARTICULO CUARTO.- REMITIR, copia de los actuados de la presente Resolución a la Oficina de Secretaria < Técnica de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el deslinde responsabilidad administrativa de los sujetos procesales que no han interpuesto recurso impugnatorio de apelación contra la Resolución N° 11 de fecha 24/05/2019 Sentencia de primera instancia.

ARTICULO QUINTO.- NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Segundo Juzgado Civil de Abancay, Secretaria Técnica, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, al interesado, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO SEXTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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