SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, la nulidad parcial de la Resolución Gerencial General Regional N° 270-2018-GR-APURlMAC/GG de fecha 25-05-2018, en el extremo que se refiere al demandante, Fernando ESTRADA CONDORI, en calidad de heredero quedando inalterable en relación a los demás administrados comprendidos en el acto administrativo.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR FUNDADO, el recurso administrativo de apelación interpuesto por el administrado Fernando ESTRADA CONDORI, contra la Resolución Directoral Regional N° 0426-2018-DREA de fecha 20-04-2018, en el extremo que se pronuncia sobre los derechos laborales que le corresponde al administrado vinculado a la bonificación especial por preparación de clases y evaluación en base al 30% más el 5% del desempeño de cargo funcional en base a la remuneración total o integra con descuento del monto económico percibido por la citada bonificación desde la fecha que le asiste el derecho hasta el veinticinco de noviembre del dos mil doce; así mismo se ordena el pago de los intereses legales derivados de la referida bonificación a favor de la actora, recaída en el Expediente N° 00634-2018-0-0301-JR-CI-02, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Abancay.
ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.
ARTICULO CUARTO.- NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Segundo Juzgado Civil de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, al interesado, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.