RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 731-2019-GR.APURIMAC.GR

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diciembre 13th, 2019
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 731-2019-GR.APURIMAC.GR
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, la nulidad parcial de la Resolución Gerencial General Regional N° 0142-2017-GR-APURlMAC/GR-APURlMAC/GG de fecha 06/04/2017, en el extremo que se refiere al demandante Jesús SANCHEZ CUELLAR , quedando inalterable en relación a los demás administrados comprendidos en el acto administrativo.

ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR FUNDADO, el recurso administrativo de apelación interpuesto por el administrado Jesús SANCHEZ CUELLAR, contra la Resolución Directoral Regional N° 0097-2017-DREA de fecha 14/02/2017, reconociendo a favor del demandante el pago de los reintegros por subsidios por luto y gastos de sepelio, por el fallecimiento de su señora madre Mercedes Cuellar Alegría en fecha 01 de Octubre del 1994, calculado en base a dos remuneraciones totales o integras cada uno, esto es cuatro remuneraciones totales integras), con la deducción de lo ya pagado de ser el caso, previa liquidación administrativa dentro del plazo de veinte días hábiles de consentida o ejecutoriada esta sentencia a lo prescrito por el artículo 46.2 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27584: asimismo, deberá cumplir con el pago correspondiente. Conforme lo dispuesto en la Sentencia de Vista, en el Expediente N° 00670-2018-0-0301-JR-CI-02, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Abancay.

ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente

ARTICULO CUARTO.- NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Segundo Juzgado Civil de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, al interesado, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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