RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 721-2019-GR.APURIMAC.GR

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diciembre 13th, 2019
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 721-2019-GR.APURIMAC.GR
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO, – ACUMULAR, los Expedientes Administrativos antes referidos de conformidad al Artículo 125 numeral 125.2 del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la Ley N° 27444 LPAG, por tratarse de asuntos conexos, que permiten tramitarse y resolverse conjuntamente.

ARTÍCULO SEGUNDO. – DECLARAR, INFUNDADO, los recursos de apelación interpuesto por los señores: Edilberto LAZO ARIAS, contra la Resolución Directoral Regional N° 1181-2019-DREA, del 02 de agosto del 2019, Alberto CAMPANA CASTAÑEDA, contra la Resolución Directoral Regional N° 1613-2019-DREA, del 18 de octubre del 2019, Olga Verona ROBLES CUARESMA DE IRURI, contra la Resolución Directoral Regional N° 1484-2019-DREA, del 25 de setiembre del 2019, Olga Verona ROBLES CUARESMA DE IRURI, contra la Resolución Directoral Regional N° 1484-2019-DREA, del 25 de setiembre del 2019 (acude a nombre de su extinto esposo), Marina ORCO DIAZ, contra la Resolución Directoral Regional N° 1608-2019-DREA, del 18 de octubre del 2019 y Oswaldo LOPEZ SUAREZ, contra la Resolución Directoral Regional N° 1544-2019-DREA, del 03 de octubre del12019 respectivamente. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE, en todos sus extremos las resoluciones materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, concordante con el Artículo 228° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley del Procedimiento Administrativo General.

ARTÍCULO TERCERO. – DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo, como antecedente.
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