SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR, INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la señora Eugenia Judelia ROCA TAPIA DE SOTO, contra la Resolución Directoral Regional N° 1032-2019-DREA, de fecha 08 de julio del 2019. Por los fundamentos precedentemente expuestos se CONFIRME, en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 228° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo.
ARTÍCULO TERCERO. – NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Educación de Apurímac, a la interesada e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO. – PUBLÍQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.reqi0napurimac.gob.pe. de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.