SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, la nulidad parcial de la Resolución Ejecutiva Regional N° 0135-2018-GR-APURIMAC/GR-APURIMAC/GG de fecha 16/04/2018, en el extremo que se refiere al demandante Erwin Guillermo TORRES SOBRINO, quedando inalterable en relación a los demás administrados comprendidos en el acto administrativo.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR FUNDADO, el recurso administrativo de apelación interpuesto por la administrada Erwin Guillermo TORRES SOBRINO, contra la Resolución Directoral Regional N° 01698-2017-DREA de fecha 29/12/2017, reconociendo a favor del demandante el pago de los reintegros por subsidios por luto y gastos de sepelio, calculado en base a dos remuneraciones totales o integras cada uno, esto es cuatro remuneraciones totales íntegras), con la deducción de lo ya pagado de ser el caso, previa liquidación administrativa dentro del plazo de veinte días hábiles de consentida o ejecutoriada esta sentencia a lo prescrito por el articulo 46.2 del texto único ordenado déla Ley N° 27584: asimismo, deberá cumplir con el pago correspondiente. Conforme lo dispuesto en la Sentencia de Vista, en el Expediente N° 00457-2018-0-0301-JR-CI-01, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ante el Primer Juzgado Civil de Abancay.
ARTICULO TERCERO.- REMITIR, copia de los actuados de la presente Resolución a la Oficina de Secretaria Técnica de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurimac, para el deslinde responsabilidad administrativa de los sujetos procesales que no han interpuesto recurso impugnatorio de apelación contra la Resolución N° 09 de fecha 18/06/2019 Sentencia de primera instancia.
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