RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 250-2019-GR.APURIMAC.GG

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octubre 14th, 2019
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 250-2019-GR.APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la solicitud de «Ampliación de Plazo» por el periodo de 30 días calendario, con relación al Contrato Directoral Regional N° 021-2019-GR-APURIMAC/DRA., de fecha 21/05/2019, peticionado por el Contratista Empresa TRANSPORTES CEFORA y MULTISERVICIOS SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por contar con el sustento técnico y opinión favorable del Personal Profesional asignado al proyecto (Residente de Obra, Inspector de Obra) y del OEC. De acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: SE ESTABLECE, que la presente ampliación de plazo no da lugar al pago de gastos generales, por ser un contrato que se rige bajo el sistema de contratación a suma alzada, y las contrataciones que se llevan a cabo bajo este sistema de contratación, tienen como regla general LA INVARIABILIDAD del precio, en atención, a lo dispuesto por la normativa de contrataciones de estado.

ARTÍCULO TERCERO: SE DISPONE, que se notifique en el día bajo responsabilidad, la presente resolución al Contratista TRANSPORTES CEFORA y MULTISERVICIOS SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, a su correo electrónico contractual: walteLpoco@hotmail.com y a su domicilio contractual: Av. Ejercito N° 365 del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento de Cusco, para su conocimiento y fines.

ARTÍCULO CUARTO: SE EXHORTA, bajo responsabilidad, a la Sub Gerencia de Obras y a los Profesionales asignados al Proyecto: «Construcción y Mejoramiento Trocha Carrozable San Antonio – Ihuayllo – Huayquipa, Distrito de Ihuayllo – Aymaraes – Apurímac», verificar el cumplimiento de la prestación del Contrato Directoral Regional N° 021-2019-GR-APURIMAC/DRA., de acuerdo a la ampliación de plazo otorgada y a los términos de referencia, contenido en las bases integradas que forman parte de referido contrato, debiendo dar cuenta a esta Gerencia General sobre el particular.

ARTÍCULO QUINTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

ARTÍCULO SEXTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Sub Gerencia de Obras; Gerencia Regional de Infraestructura; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes; y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley.

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