SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, en vías de regularización el Expediente de Ampliación de Plazo de Ejecución N° 01, por el periodo de 213 días calendario (07 meses), comprendido de 03 se Septiembre del 2019 al 03 de Abril del 2020 del Proyecto de Inversión denominado: «MEJORAMIENTO DE LA GESTION INSTITUCIONAL EN LA ACTIVIDAD FORESTAL EN 20 MICROCUENCAS Y 04 SUB CUENCAS DE LA REGION APURIMAC», siendo la nueva fecha de término del proyecto el 03/04/2020; ello conforme a lo informes técnicos y fundamentos de hecho y derecho expuestos en la presente resolución, conforme el siguiente detalle: (ver pdf)
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe. De conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la ley de Transferencia y Acceso a la información.
ARTICULO TERCERO: NOTIFIQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Dirección Regional de Supervisión , Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, al Coordinador, al Supervisor y al Coordinador de Supervisión de Proyectos de la función Ambiente del Proyecto denominado «MEJORAMIENTO DE LA GESTION INSTITUCIONAL EN LA ACTIVIDAD FORESTAL EN 20 MICROCUENCAS Y 04 SUB CUENCAS DE LA REGION APURIMAC», para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO CUARTO: REMITIR, copia de los actuados de la presente Resolución a la Secretaria Técnica de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para que se deslinde responsabilidad administrativa, de quienes resulten responsables, conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO QUINTO: RECOMENDAR, que los responsables de la ejecución, supervisión y/o Inspección de Obras y/o Proyectos por Administración Directa, cumplan de forma irrestricta con las disposiciones contenidas en la Directiva N°001-2010-GR.APURIMAC/PR, denominada «para la Formulación, Ejecución y Supervisión de Proyectos en la fase de Inversión por Administración Directa o Encargo».