SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar improcedente la segunda ampliación de plazo por el periodo de 30 días, del Contrato Directoral Regional N° 024-2019-GR.APURIMAC/DRA solicitada por el contratista VILMA QUISPE TOROBEO, por carecer de sustento técnico y legal, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, que la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de bienes cumpla con notificar la presente a la contratista VILMA QUISPE TOROBEO, en su correo electrónico 2015viquito(Q).gmail.com y en su domicilio Prol. Av. La Cultura N° 1055 del Distrito de san Sebastián, Provincia y Región de Cusco, para los fines conforme a Ley.
ARTÍCULO TERCERO: EXHORTAR, y encargar al área usuaria de la contratación, que de acuerdo a su competencias y facultades delegadas, efectué las acciones administrativas, a fin de cuantificar, y determinar las penalidades que correspondan, por el incumplimiento incurrido por el proveedor.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac (www.regionapurimac.gob.pe).
ARTÍCULO QUINTO: TRANSCRIBIR, la presente Resolución al Órgano Encargado de Contrataciones, Gerencia Regional de Infraestructura, Dirección Regional de Administración y, demás órganos administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su cumplimiento y fines de Ley.