RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 481-2019-GR.APURIMAC.GR

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septiembre 5th, 2019
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 481-2019-GR.APURIMAC.GR
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. – ACUMULAR, los Expedientes Administrativos antes referidos de conformidad al Artículo 125 numeral 125.2 del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la Ley N° 27444 LPAG, por tratarse de asuntos conexos, que permiten tramitarse y resolverse conjuntamente.

ARTÍCULO SEGUNDO. – DECLARAR, INFUNDADO los recursos de apelación interpuesto por las señoras: Lida Rosario CASTRO LLERENAf contra la Resolución Directoral Regional N° 0429-2018-DREA, del 20 de abril del 2018, Jesús Teresa CASTILLO DONGQfcontra la Resolución Directoral Regional N° 1079-2019-DREA, del 12 de julio del 2019 y Juana Graciela NINO DE GUZMAN HERRERArcontra la Resolución Directoral Regional N° 0933-2019-DREA, del 26 de junio del 2019 respectivamente. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE en todos sus extremos las resoluciones materias de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General. Modificado por el Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el Artículo 228° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General.

ARTÍCULO TERCERO, – DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo, como antecedente.

ARTÍCULO CUARTO. – NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Educación de Apurimac, a las interesadas e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurimac, con las formalidades señaladas por Ley.

ARTÍCULO QUINTO.- PUBLÍQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.regiónapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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