RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 445-2019-GR.APURIMAC.GR

Archivo
agosto 15th, 2019
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 445-2019-GR.APURIMAC.GR
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. – ACUMULAR, los Expedientes Administrativos antes referidos de conformidad al Artículo 125 numeral 125.2 del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la Ley N° 27444 LPAG, por tratarse de asuntos conexos, que permiten tramitarse y resolverse conjuntamente.

ARTÍCULO SEGUNDO. – DECLARAR, INFUNDADO los recursos de apelación interpuesto por los señores: Vilma Estela ROBLES MIRANDA, contra la Resolución Directoral Regional N° 0883-2019-DREA, del 06 de junio del 2019, Leoncio TRUJILLO ENCALADA, contra la Resolución Directoral Regional N° 0883-2019-DREA, del 06 de junio del 2019, Adrián DEZA LUQUE, contra la Resolución Directoral Regional N° 0883-2019-DREA, del 06 de junio del 2019, Rafael LEON TORRES, contra la Resolución Directoral Regional N° 0883-2019-DREA, del 06 de mayo del 2019, Roberto Gil SANCHEZ PAREJA, contra la Resolución Directoral Regional N° 0752-2019-DREA, del 15 de mayo del 2019, Dina MELENDEZ REINOSO, contra la Resolución Directoral Regional N° 0755-2019-DREA, del 15 de mayo del 2019, Alberto REYNOSO CCAHUANA, contra la Resolución Directoral Regional N° 0755-2019-DREA, del 15 de mayo del 2019, Cirilo SALAS VILLENA, contra la Resolución Directoral Regional N° 0755-2019-DREA, del 15 de mayo del 2019 y Leónidas Gavino MANTILLA GUTIERREZ, contra la Resolución Directoral Regional N° 0755-2019-DREA, del 15 de mayo del 2019 respectivamente. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFIRMESE, en todos sus extremos las resoluciones materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el Artículo 226 del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General.

ARTÍCULO TERCERO. – DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo, como antecedente.

ARTÍCULO CUARTO. – NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Educación de Apurimac, a los interesados e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, con las formalidades señaladas por Ley.

ARTÍCULO QUINTO.- PUBLÍQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.regiónapurimac.qob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]