SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. – DECLARAR, la nulidad parcial de la Resolución Ejecutiva Regional N°231-2017-GR. APURIMAC/GR, de fecha 26 de junio del 2017, en el extremo que se refiere al administrado Hugo Sánchez Baca, quedando inalterable en relación a los demás administrados comprendidos en el acto administrativo.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR, FUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto por el administrado Hugo Sánchez Baca, contra la Resolución Directoral Regional N°0531-2017-DREA, de fecha 15 de mayo del 2017, reconociendo al administrado la asignación por cumplir veinticinco y treinta años de servicios oficiales prestados al Estado (dos y tres remuneraciones), teniendo como base de cálculo su remuneración total o íntegra al mes que cumplió dicho tiempo de servicios, con deducción del monto percibido de ser el caso; más el pago de los intereses legales. Conforme lo dispuesto en la Sentencia de Vista Resolución N°13 de fecha 21/01/2019 en el Expediente N° 00937-2017-0-0301-JR-CI-02, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Abancay.
ARTICULO TERCERO. – DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.
ARTICULO CUARTO. – NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Segundo Juzgado Civil de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la interesada y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.