RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 367-2019-GR.APURIMAC.GR

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junio 26th, 2019
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 367-2019-GR.APURIMAC.GR
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, la nulidad parcial de la Resolución Ejecutiva Regional N°162-2017-GR-APURIMAC/GR de fecha 18/05/2017, en el extremo que se refiere al administrado Nicanor Ccasa Ccasa, quedando inalterable en relación a los demás administrados comprendidos en el acto administrativo.

ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR, FUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto por el administrado Nicanor Ccasa Ccasa, contra la Resolución Directoral Regional N° 303-2017-DREA, de fecha 04/04/2017, reconociendo a su favor el pago de los devengados de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración total (total o integra) y no en base a la remuneración total permanente, desde la fecha en que dicha bonificación es exigible para el demandante, esto es, desde la fecha solicitada por el demandante en su escrito de demanda (enero de mil novecientos noventa y uno) hasta la derogatoria del artículo 48° de la Ley N° 24029, modificado por la Ley N° 25212 (25 de noviembre de 2012), con la sola deducción de lo que se le ha venido pagando por este concepto, previa liquidación administrativa, más los intereses legales. Conforme lo dispuesto en la Sentencia de Vista Resolución N°13 de fecha 09/11/2018 en el Expediente N° 00800-2017-0-0301-JR-CI-02, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Abancay.

ARTICULO TERCERO. – DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.

ARTICULO CUARTO. – NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Segundo Juzgado Civil de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la interesada y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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