SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Declarar INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por Alfredo Aedo Caballero, contra la Resolución Gerencial Regional N° 053-2018-GR-APURIMAC/GRDE, de fecha 26 de noviembre del 2018, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, debiendo CONFIRMARSE, en todos sus extremos el acto administrativo, materia de cuestionamiento por estar emitida con arreglo a Ley. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218° de la Ley N° 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el artículo 226° del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS que aprueba el T.U.O. de la acotada Ley.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEVOLVER, los actuados correspondientes a la entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo.
ARTÍCULO TERCERO. – NOTIFÍQUESE conforme a Ley, con el presente acto resolutivo a la Gerencia de Desarrollo Económico de Apurímac, a los interesados e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, con las formalidades señaladas por Ley,
ARTÍCULO CUARTO. – DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública.