RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 108-2019-GR.APURIMAC.GG

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junio 7th, 2019
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 108-2019-GR.APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR en vías de regularización el Expediente de Modificaciones No Sustanciales, Con el Incremento Presupuestal, respecto al EXPEDIENTE ADICIONAL DE OBRA N°03 -denominado «MURO DE CONTENCIÓN DE CONCRETO ARMADO TIPO III», el mismo que asciende a la suma de SI 49,976.50 (cuarenta y nueve mil novecientos setenta y seis con 50/100 soles), el cual representa el 1.06% del presupuesto total del proyecto «MEJORAMIENTO DEL CENTRO DE ARTICULACIÓN COMERCIAL TERRESTRE EN EL DISTRITO DE CHUQUIBAMBILLA, PROVINCIA DE GRAU- APURÍMAC», ejecutado por la Modalidad de Administración Directa; de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, conforme al detalle siguiente: (VER PDF)

ARTÍCULO SEGUDO: NOTIFICAR, la presente Resolución al Residente de obra, Supervisor de obra y Coordinador de Obra, asignados al proyecto «MEJORAMIENTO DEL CENTRO DE ARTICULACIÓN COMERCIAL TERRESTRE EN EL DISTRITO DE CHUQUIBAMBILLA, PROVINCIA DE GRAU-APURÍMAC».

ARTÍCULO TERCERO: REMITIR Copias de los Actuados a la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las sanciones a que hubiera lugar, conforme a la normatividad vigente.

ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizar que no se enmarquen dentro de la normatividad vigente.

ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en la página web el Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la ley de Transparencia y Acceso a la Información.

ARTÍCULO SEXTO: NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución, a la Gerencia Regional de Infraestructura, Sub Gerencia de Obras, Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencias de Proyectos de Inversión, al Órgano de Control Institucional (OCI), y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley.

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