SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DELEGAR a la GERENCIA GENERAL REGIONAL, la facultad y atribución de realizar mediante Resolución Gerencial General Regional u otro documento que contenga el acto administrativo, en materia de contrataciones del estado, conforme se detalla:
a) En caso el pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases, incurra en algunos de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44° de la Ley de Contrataciones del Estado, declarar la nulidad de este acto. De conformidad a lo establecido en el numeral 72.7, del artículo 72° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR, que la delegación de facultad a que se refiere la presente resolución, comprende a las atribuciones de pronunciarse o resolver, estas acciones que se realicen y los actos que se expidan se efectuaran indubitablemente, debiendo de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos, son sujeción a las disposiciones legales y administrativas que les rigen, bajo responsabilidad.
ARTÍCULO TERCERO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia General Regional; Dirección Regional de Administración; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.