SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- HABILITAR FONDOS VÍA ENCARGO INTERNO, según las necesidades y recursos disponibles para el ejercicio fiscal 2019, para la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Apurímac, de acuerdo a la Estructura Funcional Programática y Grupo Genérico de Gasto siguiente: (VER PDF)
CORRELATIVO DE META : 0085 «Mejoramiento de Infraestructura Educativa»
ROYECTO CON CÓD. UNIFICADO N° :2323853 «Mejoramiento del Servicio Educativo en las IEP 54046, IEP 54873, IEP 54560, IEP 54041 del Distrito de Abancay y las IEP 54036, IEP 54075 del Distrito de Tamburco, Provincia de Abancay, Región de Apurímac».
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR como responsable del fondo vía Encargo Interno a la Sra.: ANGELA RAMOS GALDÓS, identificada con DNI N° 42851927, con contrato de trabajo con Carácter /^Temporal, con dependencia de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTICULO TERCERO.- El responsable del fondo vía encargo interno, se compromete a presentar la rendición de cuenta documentada en un plazo que no debe de exceder los tres (3) días hábiles después de concluida la actividad materia del encargo, conforme a lo señalado en el numeral 40.3 de la Directiva de Tesorería aprobada mediante Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15 modificado con la Resolución Directoral N° 004-2009-EF/77.15.
ARTÍCULO CUARTO.- El fondo vía encargo interno, se aplicará a las específicas de gasto consideradas en el Clasificador del Gasto y Clasificador por Fuente de Financiamiento para el año 2019, siendo para el caso específico el siguiente: (VER PDF)
ARTÍCULO QUINTO.- El gasto del fondo habilitado se aplicará a la específica de gasto señalado en el cuadro precedente, la misma que será destinado para cubrir gastos para el trámite del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos – CIRA».
ARTÍCULO SEXTO.- Notificar la presente Resolución a la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, a la Dirección Regional de Administración, a la Gerencia Regional de Infraestructura, al Responsable del fondo vía Encargo Interno y a los Sistemas Administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines consiguientes.