RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 216-2019-GR.APURIMAC.GR

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mayo 9th, 2019
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 216-2019-GR.APURIMAC.GR
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, La Nulidad Parcial de la Resolución Ejecutiva Regional N° 00219-2017-GRAPURIMAC/GR, del veintiuno de junio del dos mil diecisiete, en el extremo que se refiere al demandante, quedando inalterable en relación a los demás administrados comprendidos en el acto administrativo.

ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR, FUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesta por el Washington Palomino Ponce, contra la Resolución Directoral Regional N°0483-2017-DREA, de fecha 02 de mayo del 2017, reconociendo a favor del demandante el pago de los devengados de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración total (total o integra) y no en base a la remuneración total permanente, todo desde la fecha en que dicha bonificación le sea exigible para el demandante, (desde la vigencia de la Ley N°24029 modificada por la Ley N°25212) hasta la fecha de su cese (01 de abril de 1992), con la sola deducción de lo que se ha venido pagando por este concepto, previa liquidación administrativa, más los intereses legales. Conforme lo dispuesto en la Sentencia de Vista Resolución N°15 de fecha 11/07/2018 en el Expediente N° 01059-2017-0-0301-JR-CI-01, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Abancay.

ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.

ARTICULO CUARTO.- NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Segundo Juzgado Civil de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, al interesado, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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