SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Se debe Acumular, los expedientes Administrativos antes referidos por tratarse del mismo caso que amerita resolver conjuntamente.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR, INFUNDADO los Recursos Administrativos de Apelación interpuesto por los administrados: Vilma Mejia Florez, contra la Resolución Directoral Regional N° 983-2018-DREA de fecha 01/08/2018, Moisés Casafranca Alvarado, contra la Resolución Directoral N° 169-2019-DREA, de fecha 15/02/2019, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución; se CONFIRMA las Resoluciones materia de impugnación. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 226° de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°006-2017-JUS.
ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.
ARTICULO CUARTO.- NOTIFIQUESE, la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Educación de Apurímac, a los interesados y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines consiguientes.
ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.