SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Se debe Acumular, los expedientes Administrativos antes referidos por tratarse del mismo caso que amerita resolver conjuntamente.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR, INFUNDADO los Recursos Administrativos de Apelación interpuesto por los administrados: Emilio Mejia Warthon, contra la Resolución Directoral Regional N°069 de fecha 07/02/2019, Coni Gamarra Pereira contra la Resolución Directoral N°079 de fecha 07/02/2019, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución; se CONFIRMA las Resoluciones materia de impugnación. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 228° de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.
ARTICULO CUARTO.- NOTIFIQUESE, la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Educación de Apurímac, a los interesados y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines consiguientes.
ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.