ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE el pedido de vacancia del Consejero Regional Pascual Huamanñahui Alegría, por la causal de condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, prevista en el numeral 3) del Artículo 30° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, presentado por el ciudadano Alejandro Medina Castro, por las consideraciones esgrimidas en el presente Acuerdo del Consejo Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR, al Secretario General del Consejo Regional la notificación del Acuerdo del Consejo Regional a las partes interesadas y poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones.
ARTÍCULO TERCERO.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, el presente Acuerdo del Consejo Regional en el Portal Electrónico de la Institución.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Ciudad de Abancay; Sede Central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los nueve días del mes de abril del año dos mil diecinueve.