SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR, INFUNDADO, los recursos de apelación interpuesto por los señores: Teófilo PAREDES RIOS, contra la Resolución Directoral Regional N° 0062-2019-DREA, su fecha 04 de febrero del 2019, Angélica CARRION ROBLES, contra la Resolución Directoral Regional N° 163-2019-DREA, del 15 de febrero del 2019 y Mauro CONTRERAS MENA, contra la Resolución Directoral Regional N° 163-2019-DREA, del 15 de febrero del 2019 respectivamente. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE, en todos sus extremos las resoluciones materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Articulo 228° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO. – DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo.
ARTÍCULO TERCERO. – NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo a la Gerencia Regional de Desarrollo , Social, Dirección Regional de Educación de Apurímac, a los interesados e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- PUBLÍQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.regi0napurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.