SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por las administradas Yanet Yasmine Solis Ayma, Justina Alvaracin Mejía y Guísela Sierra Córdova, contra la Resolución Directoral iN°168-2018-GR.APURIMAC/D.OF.RR.HHYE., de fecha 05 de diciembre del 2018, por los fundamentos expuestos J» en consecuencia SE CONFIRMA la Resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía ^f! ? » administrativa conforme señala el Artículo 226° de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo N° 1272 del Decreto Supremo N°006-2017-JUS.
ARTICULO SEGUNDO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.
ARTICULO TERCERO.- NOTIFIQUESE, a la Sub Gerencia de Obras, Oficina de Tesorería, Sub Gerencia de Desarrollo Institucional Estadística e Informática, Oficina de Recursos Humanos y Escalafón, a las interesadas y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines consiguientes.
ARTICULO CUARTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.