SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- APERTURAR el fondo para Caja Chica según las necesidades y recursos disponibles para el Ejercicio fiscal 2019, para la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional Apurímac, de acuerdo a la Estructura Funcional Programática y Grupo Genérico de Gastos: (ver pdf)
:0049 «Mejoramiento de la oferta de servicios Educativos de la IES Francisco Bolognesi de Huayo, distrito de Curpahuasi, Provincia de Grau, Región Apurímac».
: 0084 «Mejoramiento del servicio Educativo Inicial en las les N°. 986 del distrito de Santa Maria de Chicmo, N° 1125 del distrito de Andahuaylas, N° 1136, N° 1137, N° 1138 del distrito de José María Arguedas, provincia de Andahuaylas, región Apurímac».
: 0086 «Mejoramiento del servicio de Educación Inicial en las Instituciones Educativas N° 77 Huayllati, N° 673 Virgen de Chapi Kullco, N° 146 Ccorichichina, N° 113 Pampahuite y Yanarico del distrito de Huayllati, provincia de Grau, región Apurimac».
: 0094 «Mejoramiento del servicio educativo en los tres niveles Inicial 101 el Carmelo, primaria 54045 El Carmelo y secundaria El Carmelo de la localidad Molinopata, distrito y provincia de Abancay, Región Apurímac».
: 0179 «Mejoramiento del servicio de salud en el nivel I-2 de la comunidad San Antonio de Cachi, distrito de San Antonio de Cachi-Andahuaylas, región Apurímac»
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR como responsable de la custodia y manejo de este fondo de Caja Chica al Servidor nombrado: Mario Aurelio Puma Neyra, con dependencia de la Oficina de Tesorería del Gobierno Regional de Apurímac.
Dicho fondo deberá estar rodeado de condiciones que impidan su sustracción o deterioro del dinero en efectivo, debiendo guardarse en una caja de seguridad u otro medio similar.
ARTÍCULO TERCERO.- El fondo para Caja Chica se aplicará a las específicas de gasto consideradas en el Clasificador del Gasto y Clasificador por Fuente de Financiamiento para el año 2019, siendo para el caso específico el siguiente: (ver pdf)
ARTÍCULO CUARTO.- Los funcionarios y servidores que hayan recibido fondos mediante vales provisionales otorgados por el Responsable del fondo para Caja Chica para adquisición de bienes y contratación de servicios, quedan obligados a rendir cuenta documentada en el término de tres (03) días hábiles posteriores a su recepción, en caso de incumplimiento la Dirección Regional de Administración queda facultada a efectuar el descuento correspondiente de la Planilla Única de Pagos y/u otros conceptos de pago más inmediato que se devengue a favor del rindente.
ARTÍCULO QUINTO.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, a la Dirección Regional de Administración, al Responsable del fondo para Caja Chica y a los Sistemas Administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines consiguientes.