SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADA la solicitud de nulidad de oficio presentada por la Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural, en contra de la Resolución Gerencial Regional N°041-2018-GR.APURIMAC/GRDE, que resuelve DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCION ADQUISITVA DE DOMINIO EN PREDIOS RUSTICOS, a favor del poseedor calificado como
apto, Carlos Antonio Leónidas Berrocal Buleje y Fanny Edit López Roquez, de fecha 25 de julio de 2018, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR la presente Resolución a la Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural, a la parte administrada Carlos Antonio Berrocal Buleje y Fanny Edit López Roquez, para su conocimiento y fines.
ARTICULO TERCERO: SE DISPONE la publicación de la presenta resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.