SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- RECONOCER, como gasto devengado la deuda pendiente de pago, por la suma de S/ 3,242.00 (Tres Mil Doscientos Cuarenta y Dos con 00/100 Soles) sobre pago por la adquisición de útiles de limpieza y accesorios de electricidad utilizados en los servicios Generales y empleadas en la limpieza de los servicios higiénicos, Oficina y otros servicios eléctricos instaladas en las diferencies Oficinas de dependencias como son el S.E.M. Tamburco y el Estadio de Condebamba en el año 2015, a favor de la ferretería INFESUR E.I.R.L, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR, el pago con afectación al Correlativo de Meta: 077-2018 «GESTION ADMINISTRATIVA».
ARTICULO TERCERO.- DISPONER, la remisión de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario, a efecto de deslindar las responsabilidades administrativas.
ARTICULO CUARTO.- DISPONER la devolución de los antecedentes documentales necesarios para el trámite de pago.
ARTICULO QUINTO.- TRANSCRIBIR, la presente resolución al interesado y demás instancias pertinentes para su conocimiento, cumplimiento y demás fines de Ley.