RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 388-2018-GR.APURIMAC.GG

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octubre 26th, 2018
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 388-2018-GR.APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la petición de «Ampliación de Plazo N° 08 y Mayores Prestaciones de la Supervisión», en relación al Contrato Gerencial Regional N° 2656-2013-GR-APURIMAC/GG. de fecha 06/12/2013, peticionado por el Ing. Juan Rolando Montoya Concha – Personal del Consultor de Obra -Oficina de Ingeniería y Servicios Técnicos S.A., en su condición de Jefe de Supervisión de Obra del Proyecto: «Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Abancay», por carecer de sustento técnico y legal, al no estar conforme a la formalidad y procedimiento regular establecido por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. De acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: ESTABLECER, como NO PRESENTADO el expediente de «Ampliación de Plazo N° 08 y Mayores Prestaciones de la Supervisión», peticionado y tramitado mediante Carta N° 024-2018/OIST-APU, por el Ing. Juan Rolando Montoya Concha – Supervisor de Obra del referido proyecto, ya que esta potestad le corresponde exclusivamente al Consultor de Obra – Oficina de Ingeniería y Servicios Técnicos S.A. (sea directamente o a través de su Apoderado o Representante Legal, según corresponda) en su calidad de sujeto de la relación contractual. De acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, en el día, la presente resolución al Consultor de Obra – Oficina de Ingeniería y Servicios Técnicos S.A., al Coordinador de Obras por Contrata, al Coordinador de Obras por Contrata de Proyectos de Gran Envergadura, para su conocimiento y fines de ley.

ARTÍCULO CUARTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

ARTÍCULO QUINTO: TRANSCRIBIR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley.

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