SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, INFUNDADO el recurso de apelación Interpuesto por el señor Víctor TELLO MARCATOMA, contra la Resolución Directoral N° 140-2018-GR-DRA-APURIMAC, de fecha 19 de julio del 2018.
Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestíonamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General. Modificado por el Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el Artículo 226 del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTICULO SEGUNDO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen (DRA-AP) por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo.
ARTICULO TERCERO.- NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, a la Dirección Regional Agraria de Apurímac, al interesado y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac para su conocimiento y fines de Ley.