SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, en vías de regularización el expediente de «Ampliación de Plazo N° 01», por el periodo de Sesenta y Cuatro (64) días calendario, de la Obra: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA ESCUELA SUPERIOR DE FORMACIÓN ARTÍSTICA PÚBLICA CHABUCA GRANDA DEL DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA DE ABANCAY, REGIÓN APURÍMAC»; siendo la nueva fecha determinación de obra el día 10 de abril del 2018, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución al Ing. Juan Carlos Tesillo Salazar -Resiente de Obra; Arq. Raúl Swan Barra Palacios – Supervisor de Obra; Coordinador de Supervisión de Obras por Administración Directa – Ing. Julio Enrique Ayque Rosas, Profesionales asignados a la Obra: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA ESCUELA SUPERIOR DE FORMACIÓN ARTÍSTICA PÚBLICA CHABUCA GRANDA DEL DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA DE ABANCAY, REGIÓN APURÍMAC», para su conocimiento y fines de ley.
Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las sanciones a que hubiera lugar, conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO CUARTO: SE DISPONE, se remita copia de los actuados a la Oficina Regional de Control Institucional del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y acciones y fines de ley que amerite por corresponder.
ARTÍCULO QUINTO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO SEXTO: TRANSCRIBIR, la presente resolución a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.