SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.– ACUMULAR, los Expedientes Administrativos antes referidos por tratarse del mismo caso que amerita resolverse conjuntamente.
ARTICULO SEGUNDO.– DECLARAR, INFUNDADO los recursos de apelación interpuesto por los administrados: Mario VERA AGUILAR, contra la Resolución Directora! Regional Nº 0734-2018-DREA, del 18 de junio del 2018, Teófilo VARGAS SANCHEZ, contra la Resolución Di rectoral Regional Nº 0734-2018-DREA, del 18 de junio del 2018 y Luis HUANCA ROBLES, contra la Resolución Directora! Regional Nº 0815-2018-DREA, del 10 de julio del 2018 respectivamente. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE en todos sus extremos las resoluciones materia de cuestiona miento. Quedando agotada la via administrativa conforme señala el Articulo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1272, concordante con el Articulo 226 del Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo.
ARTICULO CUARTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurimac, a los interesados y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y fines de Ley.