RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 378-2018-GR.APURIMAC.GG

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agosto 9th, 2018
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 378-2018-GR.APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO  PRIMERO.·  ACUMULAR, los Expedientes Administrativos antes referidos por tratarse del  mismo caso que amerita resolverse  conjuntamente.

 ARTICULO SEGUNDO.-  DECLARAR. INFUNDADO, los recursos de apelación interpuesto por los señores: Mario SILVA CAYTUIRO, contra la Resolución Directora! Regional  Nº 1386-2017-DREA, del  20 de  noviembre del  2017, Gerardo QUISPE SANCHEZ  y Lourdes MALDONADO MUÑOZ, contra la Resolución Directora! Regional N° 0695- 2018-DREA, del 11  de junio del 2018, Elba América AIQUIPA ASCUE, contra la Resolución Directora!  Regional Nº 0691-2018-DREA, del 11  de junio del 2018,  Benigno JIMENEZ RAMIREZ, contra la Resolución Di rectoral Regional Nº 0732-2018-DREA, del  18 de junio del  2018, Isabel ESPINOZA CERVANTES, contra la Resolución Directora! Regional N° 0695-2018-DREA, del 11 de junio del 2018, Julio Hernán TERRAZAS NAVEDA, contra la Resolución Directora!  Regional  Nº  0538-2018-DREA,  del  07  de  mayo  del  2018,  Mery  Celestina   ORTEGA   CASTRO   DE TERRAZAS, contra la Resolución Directora! Regional Nº 0620-2018-DREA, del 18 de mayo del 2018 y Dina Anabel MENESES VICENCIO DE HINOJOSA, contra la Resolución Di rectoral Regional Nº 0732-2018-DREA, del 18 de junio del  2018 respectivamente.  Por los fundamentos   expuestos  en  la parte  considerativa de  la presente resolución CONFÍRMESE, en  todos  sus  extremos  las  resoluciones materia de  cuestionamiento. Quedando  agotada la vía administrativa  conforme  establece el Artículo   218  de  la  Ley  N°  27 444  del  Procedimiento Administrativo General, modificado por Decreto Legislativo Nº 1272. Concordante con el Articulo  226 del Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que Aprueba  el T.U.O.,  de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General.

ARTICULO TERCERO.DEVOLVER, los actuados a la  Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo.

ARTICULO CUARTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional  de Educación de Apurímac, a los interesados y sistemas  administrativos que corresponda del Gobierno Regional  de Apurimac, para su conocimiento y fines de Ley.

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