RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 354-2018-GR.APURIMAC.GG

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agosto 9th, 2018
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 354-2018-GR.APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO  PRIMERO: APROBAR, la Liquidación  Financiera por la modalidad  de Oficio respecto de los gastos ejecutados por la modalidad de Administración  Directa del Proyecto:  «MEJORAMIENTO   DE LA CAPACIDAD  RESOLUTIVA  DE LOS SERVICIOS MATERNO INFANTILES DE PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN   EN  LOS ESTABLECIMIENTOS  DE  SALUD  DE  PISONAYPATA,  CONCACHA,  BACAS, OCCORURO  Y SAN  LUIS DE SAYWITE DE LA  MR.  DE CURAHUASI,  EN LA DISA APURÍMAC 1»,  por el costo real de S/. 365,815.50 soles, ejecutado por el Gobierno Regional de Apurímac por Administración Directa, durante el periodo  2008 – 2012, con fuente de financiamiento Recursos Ordinarios,  a efectos de proceder al cierre del proyecto. De acuerdo pronunciamiento de la CPC. María Pilar Chumpisuca Carrión. Según  el siguiente detalle:(ver en PDF)

ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR la Liquidación Financiera  del Total del Proyecto:  «MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD  RESOLUTIVA  DE LOS SERVICIOS  MATERNO INFANTILES DE PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN   EN LOS ESTABLECIMIENTOS  DE SALUD  DE PISONAYPATA, CONCACHA, BACAS, OCCORURO  Y SAN LUIS DE SAYWITE DE LA MRDE CURAHUASI,  EN LA DISA APURÍMAC   1«; por el costo total de SI. 1′ 145,724.89 soles ejecutado por el Gobierno  Regional de Apurímac por Administración Directa durante el  periodo 2008-2012 (Presupuesto año  2008),  con  fuente de  financiamiento Recurso Ordinarios. De acuerdo  pronunciamiento de la CPC.  María Pilar Chumpisuca Carrión. Según el siguiente detalle:(ver en PDF)

ARTÍCULO  TERCERO:  AUTORIZAR,  a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurímac, para que a través  de la Oficina  de Contabilidad realice las recomendaciones respectivas del presupuesto ejecutado del expediente de liquidación financiero del mencionado proyecto, realizadas por la CPC. María Pilar Chumpisuca Carrión (Liquidadora Financiera).

ARTÍCULO  CUARTO: SE DISPONE, el cierre del expediente respectivo, una vez que quede consentida la liquidación y se haya efectuado los ajustes contables correspondientes.

ARTÍCULO  QUINTO:  TRANSCRIBIR, la presente resolución   a la Gerencia  Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, Dirección Regional de Administración,  y demás sistemas administrativos  del Gobierno Regional de Apurímac, para su cumplimiento, acciones  y fines  de ley.

 

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