SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.– DECLARAR, INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el administrado Cecilio Cruz Chipa, contra la Resolución Directora! Regional Nº 629-2018-DREA, de fecha 31 de mayo del 2018, por los fundamentos precedentemente expuestos, en consecuencia, SUBSISTENTE y VALIDA la Resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 226º de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1272 del Decreto Supremo Nº006-2017-JUS.
ARTICULO SEGUNDO.– DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.
ARTICULO TERCERO.· NOTIFIQUESE, la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de educación, al interesado y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, par a su conocimiento y fines consiguientes.
ARTICULO CUARTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.