ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, INFUNDADO, el Recurso de Apelación interpuesto por la administrada María Magdalena Espinoza Rivas, contra la Resolución Directoral N°057-2018-DG-DISURS CHANKA ANDAFIUAYLAS de fecha 12 de febrero del 2018. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218° de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el artículo 226° del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS.
ARTICULO SEGUNDO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo, como antecedente.
ARTICULO TERCERO.- NOTIFIQUESE, con la presente Resolución a la Dirección Regional de Salud Chanka -Andahuaylas, a la interesada y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac www.reqionapurimac.qob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública.