ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR, la Comisión Especial de Revisión y Aprobación del Expediente Técnico (CRAET), para la aprobación de los Expedientes Técnicos de los Proyectos:
1. “Mejoramiento de los Servicios de Educación Primaria de la Institución Educativa N° 54490 de Curibamba, del Centro Poblado del Chumbao, distrito de Andahuaylas, Provincia de Andahuaylas – Apurímac” – Código SNIP N° 221741
2. “Mejoramiento de Servicios Educativos de la Institución Educativa Integrada Ernesto Guevara de la Serna de la Comunidad de Lamay, Distrito de Santa María de Chicmo – Andahuaylas – Apurímac” – Código SNIP N° 246275.
3. “Mejoramiento de los Servicios Educativos en la I.E.S.M. Ricardo Palma del C.P. Chupara, distrito Anco – Huallo, Provincia de Chincheros – Apurimac» – Código SNIP 307611.
Comisión que estará integrada por:
PRESIDENTE Arq. Joel Pacheco Gonzales
INTEGRANTE Ing. Jherman Bill Tello Sarmiento
INTEGRANTE Ing. Ronald Mayhuire Pacheco
ARTÍCULO SEGUNDO: La Comisión deberá instalarse de manera inmediata y sus acciones deberán de ceñirse de manera estricta a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 001-2010-GR.APURIMAC/PR aprobado mediante Resolución Ejecutiva Presidencial N° 147-2010-GR.APURIMAC/PR, y demás normas aplicables a la materia.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, el contenido de la presente resolución a cada uno de los miembros integrantes de la Comisión, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.
ARTÍCULO CUARTO: TRANSCRIBIR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura y demás J^temas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, cumplimiento y demás fines de ley.
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ARTÍCULO QUINTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe., de conformidad y en cumplimiente-adcugrescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.