ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la recurrente Beatriz Silvia ARAUJO HUAMANI, contra la Resolución Directoral N° 040-2018-DG-DIRESA-AP, de fecha 13 de febrero del 2018. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMISE, en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General. Modificado por el Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el Articulo 226 del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que Aprueba el TUO, de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTICULO SEGUNDO.- RECOMENDAR, a la Dirección de Red de Salud de Abancay, actuar conforme a sus atribuciones, con la celeridad del caso en las actuaciones administrativas, resolviendo en tiempo oportuno y respetando los plazos previstos por norma, sobre los documentos presentados por los usuarios, así como las notificaciones que deberá implementar mediante las directivas internas de la entidad, orientadas ai cumplimiento por el personal capacitado al dillgenciamiento y/o entrega de las resoluciones que emita la Dirección. Acciones estas que deberá cumplirse bajo responsabilidad de su titular.
ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copias del mismo, como antecedente.
ARTICULO CUARTO.- NOTIFÍQUESE. con la presente resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Salud de Apurímac, a la Red de Salud de Abancay, a la interesada y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de Ley.