ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, la NULIDAD PARCIAL de la RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nro. 610-2013-GR.APURIMAC/PR, de fecha diecinueve de setiembre del dos mil trece, en lo que respecta al administrado Teddy TORRES VELAZQUE, (Octavo Considerando) y SUBSISTENTE en los demás extremos que la contiene dicha resolución, en cumplimiento a la decisión judicial en calidad de cosa juzgada, recaída en el Expediente Nro. 946-2013-0-0302-JR-CI-01 – Resolución Nro. 12 (Sentencia), su fecha veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER, a la Gerencia Sub Regional Chanka – Andahuaylas, por corresponder en primera instancia administrativa dicte el acto administrativo pertinente de nombramiento a favor del demandante Teddy TORRES VELAZQUE.
ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.
ARTICULO CUARTO.- NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Sub Regional Chanka -Andahuaylas, a la Dirección Sub Regional de Produce Andahuaylas, al interesado y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de Ley.