ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente de Liquidación Técnica y Financiera “Servicio de Mantenimiento Periódico del Camino Departamental AP-105, TRAMO: EMP. PE-3S Nueva Esperanza (Dv. Uranmarca) – Cascabamba – Rebelde Huayrana – Colluni – Huancane – Uranmarca, Long. 5.00 Km, Distrito de Santa María de Chicmo, Provincia de Andahuaylas, Región Apurimac”, por la suma de SI. 108,000.00 soles, presentado por el Contratista Consorcio Nueva Esperanza, por tener la documentación técnica, financiera, administrativa y legal sustentatoria; de acuerdo a los antecedentes documentales y los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: AUTORIZAR, a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurimac, para que devuelva al Contratista Consorcio Nueva Esperanza, la garantía de fiel cumplimiento – Carta fianza N° 108-21-221 -1000213489, por la suma de S/.10,800.00 soles, emitida por el Caja Municipal lea.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR, la presente resolución al Contratista Consorcio Nueva Esperanza, para su conocimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: DISPÓNGASE, el cierre del expediente respectivo una vez que quede consentida la liquidación, se haya efectuado la devolución de las garantías al Contratista.
ARTÍCULO QUINTO: TRANSCRIBIR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, Coordinador del Programa de Caminos Departamentales, Dirección Regional de Administración y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.