ARTICULO PRIMERO.- RECONFORMAR, el Comité de Recepción y Liquidación Técnica y Financiera del Proyecto: “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE RIEGO CON LA INSTALACIÓN DE RIEGO PRESURIZADO EN LOS SECTORES TOPOPAMPA Y ACCAHURAY, DE LA COMUNIDAD Y DISTRITO DE HUAYLLATI, PROVINCIA DE GRAU – APURÍMAC”, de acuerdo al siguiente detalle:
CARGO NOMBRE DETALLE
Presidente Ing. Erika Ibón Cortez Román Liquidador Técnico
Integrante Ing. Carlos L. Gonzales Durand
Integrante CPC. Maria Del Pilar Chumpisuca Carrion Liquidador Financiero
ARTICULO SEGUNDO.- La Comisión deberá instalarse de manera inmediata y sus acciones deberán de ceñirse de manera estricta a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 001-2010-GR.APURIMAC/PR., aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 147-2010-GR.APURIMAC/PR., y la Directiva 003-99.CTAR.APURIMAC/PE, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Presidencial N° 416-99.CTAR-APURIMAC/P, y demás normas complementarias y/o modificatorias, dejando constancia que el Ing. que tiene la condición de integrante, solo participará en el acto de Recepción de obra, mas no en el proceso de la Liquidación Técnico Financiero del Proyecto, asimismo, los integrantes designados como responsables técnico – financiero se encargaran de revisar, evaluar y aprobar lo correspondiente a la liquidación técnico – financiero respectivamente.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFIQUESE, el contenido de la presente resolución a cada uno de los miembros integrantes de la Comisión para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.
ARTICULO CUARTO: TRANSCRIBIR, la presente resolución de a la Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, Sub Gerencia de Obras y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, cumplimiento y fines de Ley.
ARTICULO QUINTO: DISPONER, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública.