ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el administrado Juan Domínguez Carrión, contra la Resolución Directoral Regional N° 1606-2017-DREA y la Resolución Directoral Regional N°1653-2017-DREA, ambos de fecha 29 de diciembre del 2017, por los fundamentos precedentemente expuestos en consecuencia SUBSISTENTE y VALIDA la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 226° de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo N° 1272 del Decreto Supremo N°006-2017-JUS.
ARTICULO SEGUNDO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.
ARTICULO TERCERO.- NOTIFIQUESE, la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Educación de Apurímac, a los interesados y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines consiguientes.
ARTICULO CUARTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.reQionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.