ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el administrado José Aurelio Merino Sierra, contra la Resolución Directoral Regional N° 1606-2017-DREA de fecha 29 de diciembre del 2017, por los fundamentos precedentemente expuestos en consecuencia SUBSISTENTE y VALIDA la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la via administrativa conforme señala el Articulo 226° de la Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo N° 1272 del Decreto Supremo N°006-2017-JUS.
.RTICULO SEGUNDO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copias del ismo en archivo como antecedente.
ARTICULO TERCERO.- NOTIFIQUESE, la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Educación de Apurímac, a los interesados y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines consiguientes.
‘cáí^ARTICULO CUARTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal Electrónico del Gobierno Regional Jgj Apurímac, www.reQionapurimac.gob.pe. de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y gp/Mceso a la Información Pública.