ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la afectación en uso, por el plazo de tres [03] meses, en favor de la Dirección Sub Regional de Salud Chanka – Andahuaylas, antes Dirección de Salud Apurímac II, de la unidad vehicular que se detalla a continuación:
ARTÍCULO SEGUNDO El plazo de afectación de uso señalado en el artículo precedente podrá ser renovado siempre y cuando se cuente con la conformidad de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTICULO TERCERO – Transcribir la presente Resolución a la Gerencia General, a la Gerencia Regional de Infraestructura y los sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines consiguientes.
ARTÍCULO CUARTO.- SE DISPONE la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.