ARTÍCULO 1.- Autorizase la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional del Departamento de Apurímac para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 35 571 707,00), por las Fuentes de Financiamiento 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y 5 Recursos Determinados por concepto de Saldos de Balance, de acuerdo al siguiente detalle:
001546 GOB REG DE APURIMAC- GERENCIA SUB REGIONAL COTABAMBAS
0091 INCREMENTO EN EL ACCESO DE LA POBLACION DE 3 A 16 AÑOS A LOS SERVICIOS EDUCATIVOS PUBLICOS DE LA EDUCACION BASICA REGULAR
2230574 MEJORAMIENTO DE LA OFERTA DE SERVICIOS EDUCATIVOS DEL NIVEL INICIAL DE LAS LE I ,DE LAS C.C. DE ANTUYO, ALLAHUA, CHULLUPATA HUALUYO, LLACTACUNCA, OCRABAMBA, PAYANCCA Y PUNAPAMPA, DISTRITO DE TAMBOBAMBA PROVINCIA COTABAMBAS – REGION APURIMAC 400001
ARTÍCULO 3.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes «Notas para Modificación Presupuestaria» que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
ARTÍCULO 4.- Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el ^ artículo 542, numeral 54.1, inciso b) de la Ley N5 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República, a la Dirección General de Contabilidad Pública y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.