RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N 042-2018-GR.APURIMAC.DRA

Archivo
febrero 28th, 2018
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N 042-2018-GR.APURIMAC.DRA
Descripción:

ARTÍCULO CUARTO.- El monto máximo para cada pago en efectivo se regirá por lo siguiente:
Para adquisiciones de bienes y servicios no debe exceder del 20% de una UIT, por cada adquisición, no siendo válido el fraccionamiento.
Para efectos de la rendición, solo se reconocerá hasta el máximo habilitado según los clasificadores presupuéstales señalados en el Artículo Tercero de la presente Resolución.

ARTICULO QUINTO .- Los funcionarios y servidores que hayan recibido fondos mediante vales provisionales otorgador por el responsable del fondo para caja chica, para la adquisición de bienes o la contratación de servicios, quedan obligados a rendir cuenta documentada en el término de tres (3) días hábiles posteriores a su recepción, en caso de incumplimiento la Dirección Regional de Administración queda facultada a efectuar el descuento correspondiente de la Planilla Unica de Pagos y/u otros conceptos de pago más inmediato que se devengue a favor del rindente.
ARTÍCULO SEXTO.- Se remita copia de la presente Resolución y sus antecedentes a la Dirección Regional de Administración para las acciones administrativas correspondientes.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- Transcribir la presente Resolución a la Gerencia General, a la Gerencia Regional de Infraestructura, al responsable del fondo para Caja Chica, al Organo de Control Institucional, y a los sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines consiguientes.

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]