RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N 022-2018-GR.APURIMAC.DRA

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febrero 12th, 2018
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N 022-2018-GR.APURIMAC.DRA
Descripción:

ARTÍCULO PRIMERO.- APERTURAR el fondo para Caja Chica con carácter renovable según las necesidades y recursos disponibles para el Ejercicio Presupuestal 2018, para la Oficina de Coordinación Administrativa – Lima, de acuerdo a la Estructura Funcional programática y Grupo Genérico de Gastos:
PLIEGO : GOBIERNO REGIONAL APURÍMAC

UNIDAD EJECUTORA : 0747 SEDE CENTRAL – REGIÓN APURÍMAC
FUENTE DE FINANCIAMIENO : RECURSOS ORDINARIOS
CORRELATIVO DE META : Meta N3 078-2018: «FUNCIONAMIENTO DE LA

OFICINA DE ENLACE – LIMA»

ARTÍCULO SEGUNDO.- DESIGNAR como responsable único del fondo para Caja Chica de la Oficina de Coordinación Administrativa – Lima, a la Servidora nombrada Abog. RUTH ROSARIO SUCAPUCA VALER, con dependencia en la Oficina de Coordinación Administrativa – Lima del Gobierno Regional de Apurímac.

Dicho fondo deberá estar rodeado de condiciones que impidan su sustracción o deterioro del dinero en efectivo, debiendo guardarse en una caja de seguridad u otro medio similar.

ARTÍCULO TERCERO.- El Fondo para Caja Chica se aplicara a las específicas del gasto consideradas en el clasificador del Gasto y Clasificador por Fuente de Financiamiento para el año 2017, siendo para el caso específico el siguiente:

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS ORDINARIO

ARTÍCULO CUARTO.- El monto máximo para cada pago en efectivo se regirá por lo siguiente:

• Para adquisiciones de bienes y servicios no debe exceder del 20% de una UIT, por cada adquisición, no siendo válido el fraccionamiento.
ARTICULO QUINTO .- Los funcionarios y servidores que hayan recibido fondos mediante vales provisionales otorgador por el responsable del fondo para caja chica, para la adquisición de bienes o la contratación de servicios, quedan obligados a rendir cuenta documentada en el término de tres (3) días hábiles posteriores a su recepción, en caso de incumplimiento la Dirección Regional de Administración queda facultada a efectuar el descuento correspondiente de la Planilla Unica de Pagos y/u otros conceptos de pago más inmediato que se devengue a favor del rindente.

ARTÍCULO SEXTO.- Transcribir la presente Resolución a la Gerencia General, a la Oficina de Coordinación Administrativa – Lima, al responsable del fondo para Caja Chica, y a los sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines consiguientes.

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