ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL NR 029-2017-GR-APURIMAC.CR

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diciembre 7th, 2017
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL NR 029-2017-GR-APURIMAC.CR
Descripción:

ARTICULO PRIMERO.- SOLICITAR el acogimiento al REPRO-AFP a través de AFP net sobre la deuda por aportes previsionales, así como los conceptos que se generen hasta la fecha de presentación de la solicitud establecido por Decreto Legislativo 1275 y sus disposiciones reglamentarios, así como por la Resolución de la SBS N° 2678-2017-SBS, hasta por el número de Cuotas mensuales que, por cada Unidad Ejecutora.

1. RUC: 20527141762.

ARTICULO TERCERO.- DISPONER que el Director General de Administración, o quién haga sus veces en la respectiva Unidad Ejecutora del Gobierno Regional, adopte las acciones administrativas necesarias para GARANTIZAR que los recursos indicados en el artículo segundo precedente, cubran la totalidad del valor de cada una de las cuotas que corresponda a la Deuda Fraccionada por aportes previsionales, materia del acogimiento al REPOR-AFP, bajo responsabilidad.

ARTICULO CUARTO.- DISPONER a la Gerencia General Regional presente dentro del plazo de ley la solicitud de acogimiento al REPRO-AFP establecido en el Subcapítulo II del Capítulo IV del Decreto Legislativo N° 1275, sus disposiciones reglamentarias y en la Resolución de la SBS correspondiente.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER que, con la debida anticipación a las fechas de vencimiento de las Cuotas establecidas en el respectivo cronograma emitido por el AFPnet, se efectúe el registro de la afectación presupuesta! y financiera de las obligaciones correspondientes, en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF-SP), con arreglo a la normatividad del Sistema Nacional de Presupuesto y Sistema Nacional de Tesorería, según corresponda.

ARTICULO SEXTO.- DISPONER que el Director Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurímac cumpla en todos sus extremos el presente Acuerdo del Consejo Regional, en forma oportuna, bajo responsabilidad.

utora del Pliego, se detallan en la tabla I del presente acuerdo.

ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR a la DGETP para que afecte, con cargo a los recursos centralizados y administrados a través de la Cuenta Única del Tesoro Público, los recursos que perciben las Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional de Apurímac, para destinarlo al pago de las Cuotas de la Deuda Fraccionada, hasta su cancelación, en el orden de prelación que se indica a continuación:

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