RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 354-2017-GR.APURIMAC.GR.

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octubre 17th, 2017
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N 354-2017-GR.APURIMAC.GR.
Descripción:

SE RESUELVE;
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por la señora Angélica CABALLERO VDA DE QUISPE, contra la Resolución Directoral N° 034-2017-GR/Ap.DSRA-AND-D, de fecha 03 de julio del 2017, con la que se Declara Infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la referida administrada contra la Resolución Directoral N° 17-2017-GR/Ap-DSRA-AND-D, del 17 de abril del 2017. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución LA NULIDAD PARCIAL de la resolución materia de cuestionamiento en su Artículo Primero, y SUBSISTENTE, en los demás extremos que la contiene. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo N° 1272;
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER, a la Dirección Sub Regional Agraria de Andahuaylas, reasumiendo competencia REFORME dicha resolución (RD. N° 034-2017-GR/Ap.DSRA-AND-D.) efectuando el RECALCULO de la pensión de viudez a favor de la recurrente en el 100% de la pensión de su causante David Quispe Tello, por cuanto la obtención de la pensión de cesantía en el régimen pensionario del Decreto Ley N° 20530, tal como se percibe de la R.D. N° 119-89-UAD-XIX-AP, del 29-12-1989, fue cuando todavía el Art. 32 de la acotada norma no había sido modificado por la Ley N° 28449, que establece las nuevas reglas dei régimen de pensiones del Decreto Ley N° 20530.
ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo.
ARTICULO CUARTO.- NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Dirección Sub Regional Agraria de Andahuaylas, a la interesada y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de Ley.

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