ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR EL DERECHO DE PROPIEDAD vía Declaración Propiedad por rescripción Adquisitiva de Dominio en Predios Rústicos en favor de MARIANO CHICLLA TORRES, respecto del Predio con la descripción siguiente: Predio Rural: NOMBRE DEL PREDIO: SOCCOSHUAYCCO, SECTOR: MARCAHUASI, VALLE: MARIÑO, DISTRITO: ABANCAY, PROVINCIA: ABANCAY, DEPARTAMENTO: APURÍMAC, CODIGO CATASTRAL: 8_7308490_03823, UNIDAD CATASTRAL: 03823, AREA: 0.2571 Ha, PERIMETRO_M: 193.93, CENTROIDE ESTE: 731984, ENTROIDE NORTE: 8492626; debidamente inscrito en la partida electrónica N° 11057333 del Registro e Predios de la Zona Registral N° X – Sede Cusco – Oficina Registral de Abancay, al haber satisfecho bdos los requisitos y exigencias establecidos en el Decreto Supremo N° 032-2008-VVIIENDA.
ARTICULO SEGUNDO.- SE DISPONE se emita el instrumento de formalización en favor MARIANO CHICLLA TORRES, respecto del predio identificado con la Unidad Catastral N° 03823 para su inscripción en el Registro de Predios correspondiente.
ARTICULO TERCERO.- SE DISPONE, la publicación de la presente Resolución Gerencial Regional por el termino de ley en la página web del Gobierno Regional de Apurimac, www.reqionapurimac.aob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y NOTIFICAR la presente Resolución Gerencial a los interesados.
ARTICULO CUARTO.- SE DISPONE, que el expediente administrativo materia de la presente Resolución permanecerá en custodia de la Oficina de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural de Abancay.